Derecho Civil y Mercantil

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Derecho Civil

Es el derecho que contempla temas relativos a las personas, los bienes, las sucesiones, las obligaciones y los contratos. Como lo son:

  • La creación de contratos, el incumplimiento, la rescisión de ellos (Judicialmente o extra Judicialmente).
  • Contratos de arrendamiento.
  • Contratos de compraventa.
  • Contratos de traspaso.
  • Convenios de mutuo.
  • De uso temporal de tales bienes, de bienes muebles, bienes inmuebles, así como las obligaciones.
  • Rescisiones de contrato.
  • Incumplimientos de contrato.
  • Hipotecarios.
Derecho Mercantil

Es el Derecho que rige a las personas, las relaciones, los actos y las cosas que tienen que ver con el comercio.

  • Adquisiciones, enajenaciones y alquileres con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, en estado natural, después de trabajados o labrados.
  • Las compras de bienes inmuebles, cuando se hagan con propósito de comercio.
  • La compraventa de acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles.
  • Los contratos y obligaciones provenientes de títulos de crédito corrientes del comercio (cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, los vales u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio).
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